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SALUD OCUPACIONAL

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Salud Ocupacional es una ciencia multidisciplinaria dirigida a promover y proteger la salud de las personas trabajadoras mediante la prevención y el control de enfermedades y accidentes en el trabajo, así como la eliminación de los factores y condiciones que ponen en peligro su salud y seguridad. Además procura generar y promover un ambiente de trabajo equilibrado, estableciendo organizaciones que cumplan con los estándares que permitan el bienestar físico, mental y social de las personas, contribuyendo de manera efectiva al desarrollo sostenible y permitiendo su enriquecimiento humano y profesional desde el trabajo.

Equipo de trabajo de Salud Ocupacional
Grupo de empleados en oficina

POLÍTICA DE SALUD OCUPACIONAL

El Poder Judicial está comprometido a brindar a sus trabajadores (as), y requerir de sus contratistas un ambiente de trabajo seguro y saludable. Reconoce que los accidentes y enfermedades del trabajo se pueden y se deben prevenir y, por tanto nadie debe realizar un trabajo o actividad de forma insegura. Como requisito ineludible, todo trabajador (a) es responsable de trabajar en forma segura y de reportar y resolver cualquier condición o acción que ponga en peligro la salud y seguridad laboral.

En reconocimiento de esta responsabilidad, la Institución proveerá la organización, equipo, instalaciones, procedimientos y programas de capacitación y desarrollo necesarios para mantener buenas condiciones de salud y seguridad, bajo un precepto de mejora continua, a fin de lograr el cumplimiento de la legislación nacional en materia de prevención de accidentes y enfermedades laborales y alcanzar los objetivos propuestos de reducción de lesiones laborales y mejoramiento en las condiciones de trabajo.

Los diferentes niveles jerárquicos tendrán la responsabilidad de promover y garantizar el cumplimiento de la presente política de salud y seguridad laboral”.

Aprobada por Corte Plena,

Sesión Nº 37-12 celebrada el 29 de octubre del 2012, artículo II.